CONSIDERANDO: Que, planteada la demanda social de fs
VISTOS: El recurso de casación interpuesto a fs. 70-71, por Freddy Antonio Murillo Fanola, Gerente General de la Administración Autónoma Para Obras Sanitarias (AAPOS-POTOSI), contra el Auto de Vista de fs. 65-68, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del proceso social seguido por Fortunato Carvajal Barja, contra la Institución recurrente; los antecedentes del proceso, dictamen del Señor Fiscal de Sala Suprema de fs. 77 y,
CONSIDERANDO: Que, planteada la demanda social de fs. 4-4 vlta., respuesta de fs. 8-8 vlta., el proceso es tramitado conforme a ley, pronunciando la Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Potosí sentencia de fs. 48-50, declarando improbada la demanda planteada, exonerando a la institución demandada al pago de beneficios sociales, desahucio, indemnización, vacación, con excepción del pago de aguinaldo. En grado de apelación la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, pronuncia el Auto de Vista saliente a fs. 65-68, por el que revoca la sentencia apelada, declarando probada la demanda, reconociendo todos los derechos sociales al actor, resolución que motivó el recurso de casación que se analiza
- AUTO SUPREMO No. 159-Social Sucre, 24 de julio de 2001
- PARTES: Fortunato Carvajal Barja c/ Administración Autónoma Para Obras Sanitarias "AAPOS-POTOSI"
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que, planteada la demanda social de fs
- CONSIDERANDO: Que la Institución recurrente acusa la violación del art
- CONSIDERANDO: Que examinadas las pruebas aportadas por las partes, respecto al fondo de la controversia,
- Con relación al cómputo de los días efectivamente no asistidos a la fuente laboral, ha
- En cuya virtud, no encontrándose debidamente fundada la infracción acusada, corresponde observar lo previsto en
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eduaredo Rodríguez Veltzé
- Sucre, 24 de julio de 2001
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara Sala Social y Administrativa Primera.
