Auto Supremo AS/0159/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0159/2001

Fecha: 24-Jul-2001

CONSIDERANDO: Que, planteada la demanda social de fs





VISTOS: El recurso de casación interpuesto a fs. 70-71, por Freddy Antonio Murillo Fanola, Gerente General de la Administración Autónoma Para Obras Sanitarias (AAPOS-POTOSI), contra el Auto de Vista de fs. 65-68, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del proceso social seguido por Fortunato Carvajal Barja, contra la Institución recurrente; los antecedentes del proceso, dictamen del Señor Fiscal de Sala Suprema de fs. 77 y,

CONSIDERANDO: Que, planteada la demanda social de fs. 4-4 vlta., respuesta de fs. 8-8 vlta., el proceso es tramitado conforme a ley, pronunciando la Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Potosí sentencia de fs. 48-50, declarando improbada la demanda planteada, exonerando a la institución demandada al pago de beneficios sociales, desahucio, indemnización, vacación, con excepción del pago de aguinaldo. En grado de apelación la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, pronuncia el Auto de Vista saliente a fs. 65-68, por el que revoca la sentencia apelada, declarando probada la demanda, reconociendo todos los derechos sociales al actor, resolución que motivó el recurso de casación que se analiza