Auto Supremo AS/0164/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0164/2001

Fecha: 26-Jul-2001

La nulidad dispuesta resulta forzada e ilegal, no sólo porque el Tribunal Ad quem omitió


La nulidad dispuesta resulta forzada e ilegal, no sólo porque el Tribunal Ad quem omitió referirse a los puntos resueltos por el inferior y que fueron objeto de la apelación y fundamentación, conforme dispone el art. 236 del Código de Procedimiento Civil, sino que el argumento para disponer la reposición de obrados, contraviene lo expresamente señalado por el art. 252 del Código Procesal del Trabajo que limita la remisión a las disposiciones de la Ley de Organización Judicial y del Código de Procedimiento Civil, "siempre que no signifiquen violación de los principios generales del Derecho Procesal Laboral". La determinación de anular obrados por una supuesta omisión de intervención del Vocal Semanero, importa una evidente infracción a la naturaleza sumaria del proceso laboral, más aún, si se trata de un hecho no reclamado ni imputable a ninguna de las partes