CONSIDERANDO: Que analizado el segundo reclamo del actor, se establece que no existió un Concurso
CONSIDERANDO: Que analizado el segundo reclamo del actor, se establece que no existió un Concurso de Méritos, sino que se trató de una Convocatoria Pública, siendo que dicha institución con todo el derecho que la Ley le faculta suscribe un contrato laboral a Plazo Fijo por 89 días, con el ganador de la convocatoria, señalándose expresamente en el contrato de fs. 167-169, la posibilidad de rescindir el mismo por cualquiera de las partes
- AUTO SUPREMO No. 166-Social Sucre,30 de julio de 2001
- PARTES: Jorge Rendón Saavedra c/ Caja de Salud de la Banca Privada (CSBP)
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que, planteada la demanda social de fs
- CONSIDERANDO: Que el recurrente, en el memorial con el recurso intentado, reclama, primero: que el
- CONSIDERANDO: Que en lo que concierne a la supuesta falta de personería, ha de tenerse
- En los Estatutos de la CSBP el art
- En lo que respecta a Gustavo Valenzuela Arce, cursa a fs
- CONSIDERANDO: Que analizado el segundo reclamo del actor, se establece que no existió un Concurso
- Consecuentemente, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso, corresponde dar aplicación a lo
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator: Ministro Dr. Carlos Rocha Orosco
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Sucre, 30 de julio de 2001
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara Sala Social y Administrativa Primera.
