CONSIDERANDO: Que del examen de los antecedentes procesales, pruebas aportadas y la contestación de fs
CONSIDERANDO: Que del examen de los antecedentes procesales, pruebas aportadas y la contestación de fs. 42, se evidencian la existencia de la relación laboral y el despido intempestivo, por lo que se concluye que al actor le asiste el derecho al pago de sus beneficios sociales de acuerdo al art. 13 de la Ley General del Trabajo, conforme determinó la sentencia de fs. 88-89, confirmada por el Auto de Vista ahora recurrido
- AUTO SUPREMO No. 191-Social Sucre, 03 de Septiembre de 2001
- PARTES: Oscar Eduardo Vilar Zárate c/ Gustavo Jorge Daniel Calabi Lema
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs
- CONSIDERANDO: Que del examen de los antecedentes procesales, pruebas aportadas y la contestación de fs
- Se llega a esta conclusión en razón a que el demandado, propietario de la empresa
- Por lo expuesto, los jueces de instancia no incurrieron en ninguna infracción a la ley
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 03 de Septiembre de 2001
- Proveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
