Por lo expuesto, los jueces de instancia no incurrieron en ninguna infracción a la ley
Por lo expuesto, los jueces de instancia no incurrieron en ninguna infracción a la ley laboral y menos en las transgresiones que acusa el recurso, pues, las declaraciones testificales fueron recibidas con las formalidades señaladas en los arts. 444, 452, 458, 459, 460 y 461 del Código de Procedimiento Civil; el pase profesional extrañado no era pertinente por la existencia de copatrocinio (fs. 47); y la sentencia fue dictada dentro del plazo de diez (10) días señalado en el art. 79 del Código Procesal del Trabajo, a cuya consecuencia corresponde aplicar el art. 273 del Código Adjetivo Civil por mandato del art. 252 del Código Procesal del Trabajo
- AUTO SUPREMO No. 191-Social Sucre, 03 de Septiembre de 2001
- PARTES: Oscar Eduardo Vilar Zárate c/ Gustavo Jorge Daniel Calabi Lema
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs
- CONSIDERANDO: Que del examen de los antecedentes procesales, pruebas aportadas y la contestación de fs
- Se llega a esta conclusión en razón a que el demandado, propietario de la empresa
- Por lo expuesto, los jueces de instancia no incurrieron en ninguna infracción a la ley
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 03 de Septiembre de 2001
- Proveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
