CONSIDERANDO: Anulada la sentencia de fs
VISTOS : El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 129-132 presentado por Alberto Velásquez Zurita y Herminia Rojas de Velásquez, contra el auto de vista de fs. 125 dictado en fecha 28 de febrero de 2001 por la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Tarija, en el proceso ordinario sobre cumplimiento de contrato que les sigue María Cristina Valeriano Suvia; la respuesta de fs. 134, lo actuado, y
CONSIDERANDO: Anulada la sentencia de fs. 64 por el Auto Supremo de fs. 100, la juez de primera instancia pronuncia nueva resolución a fs. 106-107 declarando con lugar la demanda de fs. 7, fallo contra el cual apelan los demandados a fs. 111-115. Radicada la causa en la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito de Tarija, pronuncia el auto de vista de fs. 125 confirmando la sentencia del a quo, dando lugar al recurso de casación en el fondo y en la forma presentado por los demandados a fs. 129-132
- AUTO SUPREMO N° 7. Sucre, 11 de enero de 2002
- DISTRITO : Tarija. JUICIO : Ordinario - Cumplimiento de contrato
- PARTES : María Cristina Suvia c/ Alberto Velásquez Zurita y Sra
- RELATOR : Ministro doctor Armando Villafuerte Claros
- CONSIDERANDO: Anulada la sentencia de fs
- CONSIDERANDO: El recurso de casación "o nulidad", como lo denomina el art
- En el presente caso, si bien los recurrentes afirman apoyarse en las reglas de los
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Relator: Dr. Armando Villafuerte Claros
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Dr. Armando Villafuerte Claros
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 11 de enero de 2002
- Dra. Teresa Rosquellas Fernandez
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
