Auto Supremo AS/0016/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0016/2002

Fecha: 09-Ene-2002

POR TANTO: La Sala Primera Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de


Consecuentemente, al no haber sido retirado el actor por causa ajena a su voluntad, resulta inaplicable el art. 13 de la Ley General del Trabajo conforme determinó el Tribunal Ad quem. Por lo mismo, no son ciertas las acusaciones de violación hechas en el recurso, imponiéndose, en consecuencia, la aplicación del art. 273 del Código de Procedimiento Civil.

POR TANTO: La Sala Primera Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad prevista en el art. 60-1) de la Ley de Organización Judicial y de acuerdo con el dictamen del señor Fiscal de Sala Suprema de fs. 47, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 37-38, con costas