Auto Supremo AS/0020/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0020/2002

Fecha: 25-Ene-2002

CONSIDERANDO: El auto de vista confirma la sentencia apelada, la que a su vez declara





VISTOS : El recurso de casación de fs. 60 a 61, interpuesto por Jaime Zambrana Mercado en representación legal de la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL) contra el auto de vista de 22 de febrero de 2001, pronunciado por la Sala Civil de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, en el ordinario sobre rectificación de fecha de nacimiento seguido por Felix Cala Alacema contra la entidad recurrente, los antecedentes procesales, y

CONSIDERANDO: El auto de vista confirma la sentencia apelada, la que a su vez declara probada la demanda y ordena a la Corporación Minera de Bolivia a rectificar la fecha de nacimiento del trabajador demandante. Contra esta resolución, la entidad demandada recurre de casación en la forma acusando vicios de nulidad, con el argumento que su personero legal -de la Corporación Minera de Bolivia- no acreditó su personería a tiempo de contestar a la demanda, implicando falta de capacidad procesal para comparecer en juicio. Por lo que sostiene que tanto el a quo como el tribunal de alzada debieron haber observado la personería del demandado y anular obrados de oficio