Se regula en la suma de Un mil bolivianos el honorario de abogado, que el
Se regula en la suma de Un mil bolivianos el honorario de abogado, que el tribunal ad quem mandará hacer efectivo
- AUTO SUPREMO N° 295 Sucre, 8 de octubre de 2002
- DISTRITO : Chuquisaca JUICIO : Ordinario - Nulidad de contratos y reivindicación
- RESULTANDO: Que en esta causa ordinaria de puro derecho, el Juez a quo pronuncia sentencia
- CONSIDERANDO: Que el recurso extraordinario de casación es deducible atacando el fondo o la forma
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Se regula en la suma de Un mil bolivianos el honorario de abogado, que el
- Regístrese y devuélvase
- Proveído : Sucre, 8 de octubre de 2002
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
