CONSIDERANDO: Contra la sentencia de fs
PARTES : Banco de Cochabamba S.A. en liquidación c/ Luis Antonio Salaues
RELATORA : Ministra doctora Emilse Ardaya Gutiérrez
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo interpuesto a fs. 143-152 por Luis Antonio Salaues, contra el auto de vista de fs. 135-140 pronunciado el 26 de junio de 2001 por la Sala Civil Segunda de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba,en el proceso ordinario seguido por el Banco de Cochabamba S.A. en liquidación, contra el recurrente, los antecedentes procesales, dictamen fiscal de fs. 157 - 158, y
CONSIDERANDO: Contra la sentencia de fs. 66 a 67, pronunciada por el juez a quo que declara probada la demanda, el demandado recurrió de apelación, habiendo el auto de vista confirmado el fallo de primera instancia
- AUTO SUPREMO N° 303 Sucre, 12 de octubre de 2002
- DISTRITO : Cochabamba JUICIO : Ordinario - Cobro de dólares
- CONSIDERANDO: Contra la sentencia de fs
- Contra la resolución de vista, el demandado perdidoso en ambas instancias recurre de casación en
- CONSIDERANDO: Que, habiendo acusado vicios que podrían acarrear la nulidad de obrados, este Tribunal Supremo,
- la sentencia pronunciada por el a quo, ratificó sus recursos de apelación en el efecto
- Que, el Tribunal ad quem, a tiempo de conocer en apelación, debió percatarse de la
- En consecuencia, al pronunciarse en el fondo del recurso, ha invalidado su resolución de vista,
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Proveído : Sucre, 12 de octubre de 2002
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
