Auto Supremo AS/0303/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0303/2002

Fecha: 12-Oct-2002

POR TANTO: La Sala Civil de la Excma


POR TANTO: La Sala Civil de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, en desacuerdo con el dictamen fiscal de fs. 157 a 158, ANULA obrados hasta fs. 91 inclusive, es decir, hasta el estado que el juez de instancia conceda tanto el recurso de apelación de la sentencia, como las apelaciones en el efecto diferido. No siendo excusable la omisión en la que incurrieron tanto el Juez a quo, como los Sres. Vocales signatarios del Auto de Vista, se les impone responsabilidad en multa que se regula en bolivianos 150.- a cada uno, descontable de sus haberes a favor del Tesoro Judicial