Auto Supremo AS/0401/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0401/2002

Fecha: 15-Oct-2002

En autos el recurrente no señala ninguna norma legal que hubiera sido vulnerada, limitándose a


En autos el recurrente no señala ninguna norma legal que hubiera sido vulnerada, limitándose a efectuar una relación de hechos, olvidando que en casación se discuten cuestiones de derecho siendo la apreciación de la prueba una cuestión fáctica, labor propia y exclusiva de los Jueces de instancia, siendo ajena a la competencia del Tribunal de casación lo que determina que no se pueda conocer el fondo del recurso