En autos el recurrente no señala ninguna norma legal que hubiera sido vulnerada, limitándose a
En autos el recurrente no señala ninguna norma legal que hubiera sido vulnerada, limitándose a efectuar una relación de hechos, olvidando que en casación se discuten cuestiones de derecho siendo la apreciación de la prueba una cuestión fáctica, labor propia y exclusiva de los Jueces de instancia, siendo ajena a la competencia del Tribunal de casación lo que determina que no se pueda conocer el fondo del recurso
- estafa
- CONSIDERANDO: Que el Tribunal ad-quem a fs
- CONSIDERANDO: Contra el referido Auto de Vista recurre de casación el incriminado a fs
- En autos el recurrente no señala ninguna norma legal que hubiera sido vulnerada, limitándose a
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.- David Baptista Velásquez.- Secretario de Cámara.
