CONSIDERANDO: Que, la sentencia de primer grado cursante a fs
MINISTRO RELATOR: Dr. Carlos Tovar Gützlaff
VISTOS: El recurso de casación de fs. 512-514 interpuesto por Arminda Yana Centellas, contra el Auto de Vista de fs. 509-509 vlta., de fecha 24 de septiembre de 2001, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro, del proceso penal seguido por Mario Intipampa, Lucas Huiza Tola y René Wálter Blanco Aguirre contra la recurrente, por el delito de falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado; sus antecedentes, las leyes acusadas de infringidas y violadas, el requerimiento del Fiscal Adjunto de fs. 522-523; y
CONSIDERANDO: Que, la sentencia de primer grado cursante a fs. 478-486, pronunciada por el Juez de Partido Octavo en lo Penal de la ciudad de La Paz, falla declarando a la procesada Arminda Yana Centellas, autora del delito de uso de instrumento falsificado, previsto por el art. 203 con relación al 199 ambos del Código Penal, condenándole a la pena de dos años de reclusión a cumplir en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes de esa ciudad, más el pago del daño civil ocasionado, costas a favor del Estado y parte civil constituida
- falsedad ideológica y otro
- CONSIDERANDO: Que, la sentencia de primer grado cursante a fs
- La Sala Penal Primera de la Corte Superior de La Paz, conociendo la causa en
- CONSIDERANDO: Que, realizado el estudio, análisis y valoración de las pruebas, conforme a las reglas
- Por lo expuesto, el Tribunal ad-quem, haciendo uso de la facultad privativa e incensurable en
- POR TANTO: La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de
- RELATOR: Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.- David Baptista Velásquez.- Secretario de Cámara.
