Auto Supremo AS/0405/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0405/2002

Fecha: 15-Oct-2002

CONSIDERANDO: Que, realizado el estudio, análisis y valoración de las pruebas, conforme a las reglas


CONSIDERANDO: Que, realizado el estudio, análisis y valoración de las pruebas, conforme a las reglas de la sana crítica, prudente arbitrio y considerando los indicios, presunciones e igualmente la declaración informativa, indagatoria y confesión de la incriminada, dentro del marco trazado por los arts. 133, 135 y 144 del Código de Procedimiento Penal, se llega a la convicción de que la procesada fue quien hizo faccionar el poder N° 1911/94, por ante el Notario de fe pública, Sr. Fidel Sumaran Mercado, a nombre de 95 personas adjudicatarias de los lotes de terreno de la Urbanización Villa Huaycheños- San Roque- Ichucirca Grande de El Alto, en fecha 9 de septiembre de 1994, entre los que figura los nombres de Felix Centellas, Fernando Aquize y Sebastián Capageña, personas fallecidas para esa fecha; poder a su favor, para que pueda realizar trámites en general; empero dicho poder, que utilizado para iniciar un proceso penal contra Mario Itipampa, Pedro Lucas Huiza y René Wálter Blanco Aguirre, por el delito de despojo y otros, adecuando de esta manera su conducta al tipo penal descrito por el art. 203 con relación al 199 del Código de Penal