CONSIDERANDO: Que cursa a fs
MINISTRO RELATOR: Dr. Carlos Tovar Gützlaff
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Edwin Chacón Castillo a fs. 290-293 vlta., impugnando el Auto de Vista de fecha 3 de septiembre de 2001 de fs. 286-287, pronunciado por la Sala Penal Primera (Liquidadora) de la Corte Superior de Justicia del Distrito de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el querellante Víctor Estéban Gómez Huanca contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de violación y abuso deshonesto; sus antecedentes, las leyes que se acusan de violadas e infringidas, el requerimiento del Fiscal Adjunto de la Fiscalía General de la República de fs. 297-298; y
CONSIDERANDO: Que cursa a fs. 244-256, la sentencia pronunciada por la Juez 4º de Partido en lo Penal de la ciudad de La Paz, mediante la cual declara al procesado Edwin Chacón Castillo autor directo del delito de violación, previsto y sancionado por el art. 308 en relación al art. 8º (tentativa) del Código Penal, abuso deshonesto previsto y sancionado por el art. 312 del citado Código y se lo condena a la pena de seis años de privación de libertad en reclusión, a cumplir en la Penitenciaría de San Pedro, más el pago de daño civil y costas al Estado
- otro
- CONSIDERANDO: Que cursa a fs
- En grado de apelación, la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Justicia del
- CONSIDERANDO: Que contra el Auto de Vista mencionado recurre de casación Edwin Chacón Castillo, con
- CONSIDERANDO: Que analizados los datos del proceso en relación a los puntos objeto de impugnación
- En cuanto a la menor Ruth Hilaria Gómez Huanca, por su grado de desarrollo fisiológico,
- Por las consideraciones y fundamentos anteriores, en el caso examinado es de aplicación el inc
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Proveído.- David Baptista Velásquez.- Secretario de Cámara
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