En cuanto a la menor Ruth Hilaria Gómez Huanca, por su grado de desarrollo fisiológico,
En cuanto a la menor Ruth Hilaria Gómez Huanca, por su grado de desarrollo fisiológico, evitó ser víctima de violación, conforme refiere su hermana menor; empero, por su tierna edad, tampoco pudo resistir los toques impúdicos y actos obscenos a que la sometió el procesado Edwin Chacón Castillo, en la vivienda que compartían, como consecuencia de haber contraído matrimonio su madre con el padre de las menores, Carmelo Gómez, lo que configura, el delito de abuso deshonesto, previsto en el art. 312 del Código Penal. Desde el punto de vista material, los actos de abuso deshonesto deben consistir en: acciones corporales de aproximación o tocamiento inverecundo, realizado sobre el cuerpo de otra persona, sin que la víctima, como ha ocurrido en el caso de autos, pueda oponer resistencia por su corta edad y el agente no pueda controlar sus apetitos libidinosos, a pesar de su grado de instrucción que poseía. Finalmente, en cuanto a la pena impuesta que supuestamente rebasa los límites de la primera parte del art. 308 del Código Penal, sin embargo la graduación es compatible por el concurso real que generó la conducta del incriminado; sin que la Corte Ad-quem, haya violado ninguna de las disposiciones legales acusadas por el recurrente y tampoco, se haya vulnerado los Principios de "In dubio pro reo" y de la "Reformatio in peius", al haberse comprobado que la parte civil también apeló de la sentencia de primera instancia a fs. 262-263 y ratificada a fs. 265 de obrados
- otro
- CONSIDERANDO: Que cursa a fs
- En grado de apelación, la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Justicia del
- CONSIDERANDO: Que contra el Auto de Vista mencionado recurre de casación Edwin Chacón Castillo, con
- CONSIDERANDO: Que analizados los datos del proceso en relación a los puntos objeto de impugnación
- En cuanto a la menor Ruth Hilaria Gómez Huanca, por su grado de desarrollo fisiológico,
- Por las consideraciones y fundamentos anteriores, en el caso examinado es de aplicación el inc
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Proveído.- David Baptista Velásquez.- Secretario de Cámara
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