Auto Supremo AS/0411/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0411/2002

Fecha: 10-Oct-2002

Por lo expuesto, se concluye que los Tribunales de grado a tiempo de emitir sus


Por lo expuesto, se concluye que los Tribunales de grado a tiempo de emitir sus resoluciones, no han incurrido en ninguna violación de norma sustantiva penal; toda vez que han comprobado que el procesado Javier Chuquimia Roque dispuso como libre un bien inmueble que era litigioso, responsabilidad penal que no ha sido desvirtuada por el recurrente en la fase esencial del debate, lo que motiva que el Supremo Tribunal se incline en el caso de autos por dar aplicación al inc. 2º) del art. 307 del Código de Procedimiento Penal