Edmundo Fanor Guzmán Soliz y Juvenal Guzman Soliz al estar conformes con el Auto Interlocutorio
Edmundo Fanor Guzmán Soliz y Juvenal Guzman Soliz al estar conformes con el Auto Interlocutorio no interponen recurso de apelación incidental, pero siendo adverso a sus intereses el Auto de Vista de fs. 152 y vlta., interponen recurso de casación contra el mencionado fallo, sin tomar en cuenta que el recurso de casación sólo se interpone contra autos de vista pronunciados como emergencia de recursos de apelación restringida contra sentencias; de modo que, el Auto de Vista recurrido dictado dentro de un recurso de apelación incidental sobre una excepción de prejudicialidad, no admite recurso ulterior
- robo y otros
- CONSIDERANDO: Que, para la admisibilidad del recurso de casación, indefectiblemente se deben observar los requisitos
- Del análisis de los actuados procesales se evidencia que, dentro de la audiencia del juicio
- Edmundo Fanor Guzmán Soliz y Juvenal Guzman Soliz al estar conformes con el Auto Interlocutorio
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- No interviene el Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por encontrarse ausente con licencia
- Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada
- Proveído.-David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
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