CONSIDERANDO: Que la Corte de alzada haciendo uso de la potestad que le confiere el
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Ministerio Público c/ David Cruz Tusco
Tráfico de sustancias controladas
Distrito: La Paz
AUTO SUPREMO
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por David Cruz Tusco a fs. 139-140, impugnado el auto de vista de 13 de agosto de 2001 de fs. 136-137, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Justicia del Distrito de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas; sus antecedentes, las leyes que se acusan de violadas e infringidas; el requerimiento del fiscal adjunto de la Fiscalía General de la República de fs. 143-144; y
CONSIDERANDO: Que la Corte de alzada haciendo uso de la potestad que le confiere el art. 290 del Cód. Pdto. Pen., pronuncia el A.V. de fs. 136-137, mediante el cual confirma la sentencia de 15 de enero de 2001, dictada por el Juzgado 1° de Partido de Sustancias Controladas de la ciudad de La Paz, que declara al procesado David Cruz Tusco, autor del delito de tráfico de sustancias controladas previsto y sancionado por el art. 48 de la L. Nº 1008, condenándole a la pena privativa de libertad de diez años en presidio a cumplir en el Penal de San Pedro de la ciudad y demás sanciones accesorias de ley
Ministerio Público c/ David Cruz Tusco
Tráfico de sustancias controladas
Distrito: La Paz
AUTO SUPREMO
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por David Cruz Tusco a fs. 139-140, impugnado el auto de vista de 13 de agosto de 2001 de fs. 136-137, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Justicia del Distrito de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas; sus antecedentes, las leyes que se acusan de violadas e infringidas; el requerimiento del fiscal adjunto de la Fiscalía General de la República de fs. 143-144; y
CONSIDERANDO: Que la Corte de alzada haciendo uso de la potestad que le confiere el art. 290 del Cód. Pdto. Pen., pronuncia el A.V. de fs. 136-137, mediante el cual confirma la sentencia de 15 de enero de 2001, dictada por el Juzgado 1° de Partido de Sustancias Controladas de la ciudad de La Paz, que declara al procesado David Cruz Tusco, autor del delito de tráfico de sustancias controladas previsto y sancionado por el art. 48 de la L. Nº 1008, condenándole a la pena privativa de libertad de diez años en presidio a cumplir en el Penal de San Pedro de la ciudad y demás sanciones accesorias de ley
- CONSIDERANDO: Que la Corte de alzada haciendo uso de la potestad que le confiere el
- CONSIDERANDO: Que el procesado no conforme con el contenido y fundamento del auto de vista
- CONSIDERANDO: Que analizados los datos del proceso en relación a los argumentos y violación de
- En el caso de autos no se trata de una simple tentativa de tráfico de
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- No interviene el Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff por encontrarse ausente con licencia
- Relator: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo.- Dr. Jaime Ampuero García
- Dr. Héctor Sandoval Parada
- Sucre, 7 de noviembre de 2002
- Proveído: Dr. David Baptista Velásquez.- Secretario de Cámara.
