POR TANTO: La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de acuerdo con el
POR TANTO: La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de acuerdo con el requerimiento del fiscal adjunto de fs. 119, en aplicación del num. 2) del art. 307 del Cód. Pdto. Pen., declara INFUNDADO el recurso interpuesto a fs. 115
- CONSIDERANDO: Que la sentencia de fs
- Que la sala Penal Primera de la Corte Superior de Cochabamba, en apelación confirma la
- CONSIDERANDO: Que como se sabe el recurso de nulidad esta previsto en el art
- POR TANTO: La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de acuerdo con el
- No interviene el Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff por encontrarse ausente con licencia
- Relator: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo.- Dr. Jaime Ampuero García
- Dr. Carlos Tovar Gützlaff
- Dr. Héctor Sandoval Parada
- Sucre, 7 de noviembre de 2002
- Proveído: Dr. David Baptista Velásquez.- Secretario de Cámara.
