POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
POR TANTO: La Sala Penal de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, de acuerdo con el requerimiento fiscal de fs. 525, en aplicación del num. 19 del art. 307 del Cód. Pdto. Pen., declara IMPROCEDENTE el recurso de fs. 522 con costas
- CONSIDERANDO: Que a fs
- Que contra el referido auto de vista recurre de casación Víctor Hugo Hinojosa Hurtado a
- CONSIDERANDO: Que el recurso de casación se equipara a una demanda nueva de puro derecho,
- Que dentro de esta concepción doctrinaria aceptada por la abundante jurisprudencia en el recurso extraordinario
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- No interviene el Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff por encontrarse ausente con licencia
- Relator: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo.- Dr. Jaime Ampuero García
- Dr. Héctor Sandoval Parada
- Sucre, 7 de noviembre de 2002
- Proveído: Dr. David Baptista Velásquez.- Secretario de Cámara.
