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    Auto Supremo AS/0439/2002
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0439/2002

    Fecha: 07-Nov-2002

    POR TANTO: La Sala Penal de la Excma


    POR TANTO: La Sala Penal de la Excma. Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con el requerimiento del fiscal adjunto de fs. 185-186, en aplicación del num. 2) del art. 307 del Cód. Pdto. Pen., declara INFUNDADO el recurso interpuesto
    • CONSIDERANDO: Que el Juez de Partido Liquidador en lo Penal de la ciudad de Tarija,
    • Que el A
    • Que contra el fallo anterior recurre de nulidad o casación Alejandro García Choque, propietario del
    • CONSIDERANDO: Que con sujeción al art
    • CONSIDERANDO: Que analizados los antecedentes del proceso, las pruebas y confesión del recurrente se establece
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    • POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
    • No interviene el Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff por encontrarse ausente con licencia
    • Relator: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Fdo.- Dr. Jaime Ampuero García
    • Dr. Héctor Sandoval Parada
    • Sucre, 7 de noviembre de 2002
    • Proveído: Dr. David. Baptista Velásquez.- Secretario de Cámara.

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