Que el A
Que el A.V. de fs. 162-163, se confirma parcialmente la sentencia apelada, disponiendo que el camión Volvo cuyas características cursan en obrados, sea confiscado y rematado de acuerdo a las normas que rigen la materia, y a la destrucción del vino incautado
- CONSIDERANDO: Que el Juez de Partido Liquidador en lo Penal de la ciudad de Tarija,
- Que el A
- Que contra el fallo anterior recurre de nulidad o casación Alejandro García Choque, propietario del
- CONSIDERANDO: Que con sujeción al art
- CONSIDERANDO: Que analizados los antecedentes del proceso, las pruebas y confesión del recurrente se establece
- 2
- 3
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- No interviene el Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff por encontrarse ausente con licencia
- Relator: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo.- Dr. Jaime Ampuero García
- Dr. Héctor Sandoval Parada
- Sucre, 7 de noviembre de 2002
- Proveído: Dr. David. Baptista Velásquez.- Secretario de Cámara.
