Auto Supremo AS/0022/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0022/2002

Fecha: 27-Feb-2002

CONSIDERANDO: Que, por los antecedentes así examinados es procedente ordenar la detención del refugiado


CONSIDERANDO: Que, por los antecedentes así examinados es procedente ordenar la detención del refugiado. No obstante, en cumplimiento del procedimiento de extradición previsto por el Título IV del Tratado de Derecho Penal Internacional de 1889, resulta inexcusable honrar los mecanismos del debido proceso previstos en favor del sujeto requerido para que conozca su causa y haga uso del derecho acordado en los artículos 34, 35 y 36 de dicho Tratado a fin de que, si estima conveniente, exponga argumentos sobre su identidad, los documentos presentados y la procedencia de la solicitud, en caso necesario acreditando prueba que los sustente, antes de que se resuelva la extradición