CONSIDERANDO: Que planteada la demanda social de fs
VISTOS: Los recursos de casación interpuestos a fs. 178 y fs. 181-182, por José Eduardo Yucra Reyes y por Sandra Caballero Soria, contra el Auto de Vista de fs. 175-176, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso social seguido por los recurrentes; los antecedentes del proceso, dictamen del Sr. Fiscal de Sala Suprema de fs. 185 y,
CONSIDERANDO: Que planteada la demanda social de fs. 3-4, y tramitándose la causa conforme a ley por el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, quien pronuncia sentencia de fs. 92-93, declarando PROBADA la demanda. Apelada la sentencia, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, pronunció el Auto de Vista de fs. 175-176, CONFIRMANDO la sentencia apelada, fallo que motivó el recurso de casación que se analiza
- AUTO SUPREMO No. 065-Social Sucre, 27 de febrero de 2002
- PARTES: Sandra Caballero Soria c/ José Eduardo Yucra Reyes
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda social de fs
- CONSIDERANDO: Que José Eduardo Yucra Reyes, en su recurso de casación, acusa la violación del
- Consecuentemente el Auto de Vista recurrido, no infringió ninguna de las normas acusadas en los
- Relator: Ministro Dr. Carlos Rocha Orosco
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Sucre, 27 de febrero de 2002
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
