Que, del fallo anterior, recurre de casación y/o nulidad el Fiscal de Materia, con los
Que, del fallo anterior, recurre de casación y/o nulidad el Fiscal de Materia, con los fundamentos contenidos a fs. 138-139, acusa la violación de los arts. 35, 36, 38 de la Ley 1008; 133 y 144 del Código de Procedimiento Penal; pide se case o anule el Auto de Vista, ratificando en su integridad la sentencia condenatoria de primera instancia
- sustancias controladas
- CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Liquidador de Sustancias Controladas de la ciudad de Potosí, pronuncia la
- Que, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Potosí, mediante Auto de Vista
- Que, del fallo anterior, recurre de casación y/o nulidad el Fiscal de Materia, con los
- CONSIDERANDO: Del análisis detenido de las pruebas, valoradas dentro del marco señalado en el art
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara.
