- CONSIDERANDO: Que a fs
- Que elevada la referida sentencia en grado de apelación, el Tribunal de alzada por Auto
- Impugnando el auto señalado al exordio, recurre de casación el Ministerio Público a fs
- CONSIDERANDO: Que de un estudio y análisis cuidadoso de los datos del proceso, se llega
- Que la frondosa jurisprudencia del Supremo Tribunal en casos similares, ha considerado que el delito
- POR TANTO: La Sala Penal de la excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara.
