Que, la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Cochabamba, como Tribunal de alzada,
Que, la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Cochabamba, como Tribunal de alzada, anula la sentencia apelada y deliberando en el fondo declara al procesado Teodoro Cabrera Fernández, autor del delito de tráfico de sustancias controladas previsto en el art. 48 de la Ley 1008, condenándole a la pena de diez años de presidio a cumplir en la cárcel pública de esa ciudad, más el pago de 300 días multa a razón de Bs. 1 por día, con costas, daños y perjuicios a favor del Estado, asimismo absuelve de culpa y pena a dicho procesado por el delito de transporte de sustancias controladas, y declara al co-procesado Andrés Vázquez Flores, autor del delito de transporte de sustancias controladas previsto por el art. 55 de la Ley 1008 por existir plena prueba en su contra, cual exige el art. 243 del Código de Procedimiento Penal, condenándole a la pena de ocho años de presidio a cumplir en la cárcel pública de esa ciudad, multa de 300 días a razón de Bs. 1 por día, con costas, daños y perjuicios a favor del Estado, y se lo declara absuelto por el delito previsto en el art. 48 de la Ley 1008. Declara improbada la tercería de dominio excluyente interpuesta por Mario Rojas del Carpio. Por último dispone la confiscación definitiva de los vehículos incautados, del celular y dinero a favor de CONALTID
- sustancias controladas
- CONSIDERANDO: Que, concluida la fase del plenario, el Tribunal del Juzgado Segundo de Partido de
- Que, la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Cochabamba, como Tribunal de alzada,
- Contra esta resolución de segundo grado, interpone recurso de nulidad y/o casación, José Luis Molina
- CONSIDERANDO: Que, el recurso de nulidad o casación interpuesto a fs
- De otro lado, la sola presentación del recurso por el abogado patrocinante sin estar munido
- En materia penal, el art
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara
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