Auto Supremo AS/0132/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0132/2002

Fecha: 16-Abr-2002

CONSIDERANDO: De la revisión de los actuados con la facultad prevista por el art


CONSIDERANDO: De la revisión de los actuados con la facultad prevista por el art. 15 de la Ley de Organización Judicial se evidencia que el auto de vista no se ha circunscrito a la expresión de agravios formulada por la demandada en su memorial de apelación, los mismos que no han sido resueltos por el Tribunal ad quem, y por el contrario analiza otros aspectos que no fueron objeto de la apelación, consiguientemente el Tribunal ad quem ha incurrido en la nulidad prevista por el art. 254-4) del Pdto. Civ