Auto Supremo AS/0155/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0155/2002

Fecha: 29-Abr-2002

Consecuentemente, las pruebas citadas, ciertamente no fueron compulsadas y menos valoradas por los jueces de


Consecuentemente, las pruebas citadas, ciertamente no fueron compulsadas y menos valoradas por los jueces de instancia, quienes, en sus respectivos fallos, se limitaron a observar la falta de presentación del Reglamento Disciplinario, cuando la Ley General del Trabajo es la norma específica que regula todas las relaciones obrero patronales así como sanciona las infracciones, resultando de ello una franca omisión al precepto del art. 228 de la Constitución Política del Estado y, a cuya consecuencia, con la facultad remisiva del art. 252 del Código Procesal del Trabajo, corresponde aplicar el art. 274 del Código de Procedimiento Civil