Auto Supremo AS/0059/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0059/2002

Fecha: 31-May-2002

CONSIDERANDO : Que en lo esencial la Corte de alzada argumenta que la nota de


CONSIDERANDO : Que en lo esencial la Corte de alzada argumenta que la nota de fs. 1 aduce el proceso de reordenamiento y de reestructuración del Hospital como causa de despido, sin formular cargo alguno contra la actora, por lo que es de aplicación la disposición del artículo 13° de la Ley General del Trabajo, siendo Alicia Sayonara Lora Bolaños acreedora a los beneficios de desahucio e indemnización por tiempo de servicios sobre el sueldo mensual de Bs592,55 , así como a los derechos de duodécimas de aguinaldo, vacación y subsidio prenatal, no correspondiéndole percibir el subsidio de lactancia por no estar acreditado el nacimiento de la hija