Auto Supremo AS/0182/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0182/2002

Fecha: 21-May-2002

CONSIDERANDO: Que, la revisión extraordinaria de sentencia es un recurso de carácter excepcional por el


Por su parte el Ministerio Público a fs. 17 y 20 requiere por que no se admita el recurso al no estar acreditada la ejecutoria de la sentencia condenatoria, lo que determina no estar abierta la competencia del Supremo Tribunal.

CONSIDERANDO: Que, la revisión extraordinaria de sentencia es un recurso de carácter excepcional por el que se impugna un fallo pasado en autoridad de cosa juzgada y es procedente únicamente en los casos taxativamente establecidos en el art. 421 del nuevo Código de Procedimiento Penal, norma que es aplicable al caso de autos al estar en plena vigencia la Ley No. 1970 de 25 de marzo de 1999