Auto Supremo AS/0071/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0071/2002

Fecha: 29-Jun-2002

CONSIDERANDO : Que, la demanda social se funda en los contratos suscritos entre la demandante


CONSIDERANDO : Que, la demanda social se funda en los contratos suscritos entre la demandante y la parte demandada y que salen a fs. 26-27, reiterados a fs. 41-42, mediante los cuales se sabe que la relación entre ambas partes se sujetará a la Ley de la Carrera Administrativa, confiriendo de este modo calidad de funcionaria pública a la contratada. Que por esta circunstancia es aplicable en la especie el mandato del art. 1° del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo que dispone en sentido de que los trabajadores agrícolas, funcionarios y empleados públicos y del ejército no están sujetos a las disposiciones de esta Ley