Auto Supremo AS/0071/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0071/2002

Fecha: 29-Jun-2002

RESULTANDO : De obrados se establece que la Corte de alzada, mediante su Sala Social


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VISTOS : El recurso de casación de folios 68-69, deducido por Ivo Arias Bustios, Oficial Mayor de la Honorable Cámara de Diputados, contra el auto de vista de folio 63, pronunciado en fecha 15 de octubre de 1998 por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el proceso social seguido por María Luisa Vera vda. de Vidaurre con la Honorable Cámara de Diputados, la contestación de fs. 70-71, concesión del recurso de folio 72, el dictamen del señor Fiscal de Sala Suprema de fojas 74 de fecha 10 de junio de 1.999, los antecedentes procesales y

RESULTANDO : De obrados se establece que la Corte de alzada, mediante su Sala Social y Administrativa, confirma en parte la sentencia de fojas 47-48, modificando el monto de la indemnización perseguida. Contra esta resolución el Oficial Mayor de la H. Cámara de Diputados, interpone recurso de casación en el fondo y en la forma, afirmando que el ad quem no ha efectuado una correcta valoración de la prueba aportada en el curso del proceso, aduciendo como violados los arts. 133 del Código de Procedimiento Civil, 71 y 72 e inciso b) del art. 202 del Código Procesal del Trabajo y el Decreto Supremo N° 16187, solicitando en definitiva la nulidad de obrados por considerar existir errores de carácter proce-dimental