POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
POR TANTO: La Sala Civil de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación ANULA obrados hasta fojas 35 es decir, hasta el estado que el co demandado Orlando Calderón sea legalmente notificado con el auto de fojas 34 vuelta que acepta el desistimiento a su favor
- DISTRITO : La Paz JUICIO : Ordinario - Nulidad de documento
- RELATORA: Ministra doctora Emilse Ardaya Gutiérrez
- CONSIDERANDO: La sentencia de fojas 143-144 declara improbada la demanda interpuesta por María Cristina Iturri
- Contra esta resolución impugnan en casación tanto María Cristina Iturri Camacho como Edwin Tapia Burgos,
- El recurso de casación en la forma acusa la actuación del desistimiento a favor de
- En el fondo acusa violación de los arts
- CONSIDERANDO: Que, el art
- En actuados, se evidencia que el desistimiento formulado por los demandantes y que fuera aceptado
- No obstante la falta de notificación del co demandado con el desistimiento formulado a su
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Sin responsabilidad, por ser excusable
- Regístrese y devuélvase
- Proveído : Sucre, 6 de junio de 2002
- Dra. Teresa Rosquellas Fernández
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
