VISTOS: El recurso de casación de fs
SALA PENAL
AUTO SUPREMO No 218 Sucre 11 de junio 2002
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES: Ministerio Público c/ Damiana María Guardia Claros, tráfico
de sustancias controladas
VISTOS: El recurso de casación de fs. 60-61, interpuesto por la imputada Damiana María Guardia Claros, que impugna el Auto de Vista de fecha 26 de abril de 2002 pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba corriente a fs. 57 y vlta, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra la mencionada recurrente, por el delito de tráfico de sustancias controladas, los antecedentes del proceso y todo cuanto tuvo que verse y convino
AUTO SUPREMO No 218 Sucre 11 de junio 2002
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES: Ministerio Público c/ Damiana María Guardia Claros, tráfico
de sustancias controladas
VISTOS: El recurso de casación de fs. 60-61, interpuesto por la imputada Damiana María Guardia Claros, que impugna el Auto de Vista de fecha 26 de abril de 2002 pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba corriente a fs. 57 y vlta, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra la mencionada recurrente, por el delito de tráfico de sustancias controladas, los antecedentes del proceso y todo cuanto tuvo que verse y convino
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO: Que, del memorial de apelación se colige, que la recurrente no invocó el precedente
- Que, en autos no se determina con precisión la contradicción, por la inexistencia del requisito
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- No interviene el Ministro Dr. Jaime Ampuero García, por encontrarse ausente con licencia
- Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada
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