La forma de las sentencias en materia laboral se rigen por lo dispuesto en el
La forma de las sentencias en materia laboral se rigen por lo dispuesto en el art. 202 del Código Procesal del Trabajo, no siendo, en consecuencia, aplicable, ni sujeto de impugnación el art. 192-2) del Código Procesal Civil. La referencia aislada sobre la contradicción entre un finiquito y prueba aportada no justifica de manera clara y precisa la impugnación formulada
- AUTO SUPREMO No. 245-Social Sucre, 15 de julio de 2002
- PARTES: Ex - trabajadores de Embotelladora EBBA S.A. c/ Embotelladora EBBA S.A
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que el recurso de casación, luego de una relación de los antecedentes del proceso,
- CONSIDERANDO: Que, del examen de antecedentes procesales y pruebas aportadas, se evidencia lo siguiente
- La forma de las sentencias en materia laboral se rigen por lo dispuesto en el
- Tampoco resulta atendible considerar la violación del art
- La prueba de fs
- En relación a la impugnación del art
- La violación del art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 15 de julio de 2002
- Proveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
