Por otra parte, el recurrente no discrimina los posibles errores de fondo y de forma
Por otra parte, el recurrente no discrimina los posibles errores de fondo y de forma en que habría incurrido la Corte de alzada. En tal virtud, corresponde dar aplicación al art. 307-1) del Cuerpo Penal adjetivo
- sustancias controladas
- CONSIDERANDO: Que, a fs
- Remitido el proceso en grado de apelación, la Corte de alzada pronuncia el Auto de
- Contra el referido fallo de segundo grado, recurre de casación el anotado encausado, acusa la
- CONSIDERANDO: Que, teniendo el recurso de nulidad o casación todas las características de una demanda
- Que, el recurso de casación que se examina, no cumple con las exigencias contenidas en
- Por otra parte, el recurrente no discrimina los posibles errores de fondo y de forma
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff
- Regístrese y hágase saber
- Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara
- 1
