Auto Supremo AS/0443/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0443/2002

Fecha: 24-Jul-2002

CONSIDERANDO: Que, por otro lado, no acompaña prueba pertinente e irrefutable que dé cuenta que


CONSIDERANDO: Que, por otro lado, no acompaña prueba pertinente e irrefutable que dé cuenta que no cometió los delitos atribuidos, por cuanto la saliente de fs. 1 a 43, ya fue objeto de valoración por los jueces de instancia dentro de los procesos ventilados uno en Santa Cruz y otro en Cochabamba por ilícitos acaecidos: el primero, en fecha 7 de abril de 1986, sobre secuestro de la señorita María Pia Imbert Gutiérrez, manteniéndola privada de libertad por varios días, hasta que la familia pago el rescate de $us. 259.000.-, y el segundo, en fecha 5 de diciembre de 1988, también sobre secuestro violento de las hermanas Giovanna y Giby Ivana Vega Vega, exigiendo rescate de $us. 2.000.000.-. Las víctimas son personas distintas importando exclusión entre sí, así como los delitos por el que fue condenado, resultando irrelevantes e intrascendentes los demás datos del memorial de demanda