Auto Supremo AS/0316/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0316/2002

Fecha: 26-Ago-2002

CONSIDERANDO: Que, por disposición del art


CONSIDERANDO: Que, por disposición del art. 301 del Código de Procedimiento Penal y art. 258 parágrafo 2) del Código de Procedimiento Civil, todo recurso de nulidad o casación, contendrá la especificación de los motivos, con cita de la ley o leyes procesales cuya inobservancia se impugne, o de las leyes sustantivas o de fondo, cuya violación se acuse por uno u otro motivo, indicando igualmente, en qué consiste el quebrantamiento de las primeras y la violación de las segundas