La prueba aportada por el empleador consistente en la literal de 46-84, declaraciones testificales y
La prueba aportada por el empleador consistente en la literal de 46-84, declaraciones testificales y la propia confesión provocada a la que se sometió la recurrente, en respaldo de su determinación de dar por concluida la relación laboral con la actora, fue correctamente valorada por los jueces de instancia quienes adoptaron el convencimiento sobre la improcedencia de las pretensiones de la actora y la suficiencia del descargo, tomando en consideración las circunstancias relevantes del litigio y la conducta personal observada por las partes, tal como previene el art. 158 del Código Procesal del Trabajo
- AUTO SUPREMO No. 321-Social Sucre, 30 de agosto de 2002
- PARTES: Melania Aguila Ferrel c/ Cooperativa de Ahorro y Crédito "San Antonio" Ltda
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda de fs
- El Auto de Vista recurrido reproduce el concepto asumido por el Juez de Instancia en
- La prueba aportada por el empleador consistente en la literal de 46-84, declaraciones testificales y
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 30 de agosto de 2002
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
