CONSIDERANDO: Que contra el referido Auto de Vista interpone recurso de casación el procesado Napoleón
CONSIDERANDO: Que contra el referido Auto de Vista interpone recurso de casación el procesado Napoleón Franco Cuéllar con los argumentos expuestos en su memorial de fs. 690-691, denunciando que la Corte de alzada ha incurrido en la violación del art. 51 de la Ley Nº 1008 y al condenarlo por el indicado delito no se ha dado correcta aplicación de los arts. 133 y 135 del Código de Procedimiento Penal, por lo que pide ser declarado absuelto de culpa y pena
- CONSIDERANDO: Que la Sala Penal de la Corte Superior del Beni, por Auto de Vista
- CONSIDERANDO: Que contra el referido Auto de Vista interpone recurso de casación el procesado Napoleón
- CONSIDERANDO: Que de la revisión cuidadosa de la sentencia y el auto de vista, se
- Que tan evidente es la participación del recurrente en la comisión del delito de suministro
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese y hágase saber
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