Se regula el honorario de abogado en la suma de Quinientos bolivianos que deberán cubrir
Se regula el honorario de abogado en la suma de Quinientos bolivianos que deberán cubrir al 50% cada parte recurrente, y el tribunal ad quem ordenará se haga efectivo su pago
- AUTO SUPREMO N° 283 Sucre, 25 de septiembre de 2002
- DISTRITO : La Paz JUICIO : Ordinario - Acción negatoria y mejor derecho de propiedad
- El tribunal de casación, emite esta resolución con el precedente de que el recurso extraordinario
- En cuanto al fondo, la parte recurrente tampoco cumple con la causalidad contenida en los
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Se regula el honorario de abogado en la suma de Quinientos bolivianos que deberán cubrir
- La Ministra Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez, fue de voto disidente
- Regístrese y devuélvase
- Proveído : Sucre, 25 de septiembre de 2002
- Dr. David Baptista Velásquez
- Secretario de Cámara de la Sala Penal.
