CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación de fs
CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación de fs. 142-143, expresa: que el Tribunal de alzada no convocó a una audiencia para recibir la fundamentación y la producción de la prueba ofrecida, condenándole a una indefensión, y que lo más grave es que el Auto de Vista ha sido dictado fuera de los 20 días que prevé la última parte del art. 411 del nuevo Código de Procedimiento Penal, adjuntando Autos Supremos de fs. 139-141 que se refieren a delitos de complicidad y que las penas impuestas son manifiestamente contradictorios a la sentencia apelada y al Auto de Vista impugnado
- CONSIDERANDO: Que, la sentencia de fs
- CONSIDERANDO: Que, mediante Auto de Vista de fs
- CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación de fs
- DOCTRINA LEGAL APLICABLE: El recurso de casación que impugna el Auto de Vista se refiere
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- Dando cumplimiento al art
- RELATOR: Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff
- Regístrese, hágase saber y devuélvase actuados
- Proveído.- David Baptista Velásquez.- Secretario de Cámara
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