En apoyo de su pretensión, hacen una relación de las circunstancias que en su criterio
En apoyo de su pretensión, hacen una relación de las circunstancias que en su criterio impulsaron al representante del Ministerio Público a iniciar la acción, alegando que habiendo conocido en grado de apelación el caso que generó el presente proceso, procedieron a revocar la tipificación del delito de concusión (Art. 68 de la Ley N° 1008 del Régimen de Coca y Sustancias Controladas) ya que los hechos no se encontraban encuadrados dentro de ese tipo penal, siendo el adecuado el previsto en el art. 345 del Código Penal, es decir, apropiación indebida, ya que por disposición expresa del Art. 34 del Decreto Supremo Reglamentario de la Ley Orgánica del Ministerio Publico, tratándose de hechos relacionados con la sustracción de dineros provenientes del narcotráfico, corresponde su persecución en la vía ordinaria como delito de apropiación indebida. Indican asimismo que corregir la tipificación de un delito y disponer la aplicación de otra tipificación adecuada al hecho, no constituye prevaricado, sino es el ejercicio de una facultad jurisdiccional privativa
- CONSIDERANDO: Que por memorial de fs
- En apoyo de su pretensión, hacen una relación de las circunstancias que en su criterio
- Señalan también que el Auto de Vista dictado no ha perjudicado al Ministerio Público ni
- CONSIDERANDO: Del análisis de la pretensión jurídica de los imputados en relación con la prueba
- CONSIDERANDO: Que el delito de prevaricato por el cual están siendo juzgados los procesados, previsto
- Que en la especie se tiene demostrado que la actuación de los procesados en su
- En consecuencia, los hechos por los cuales están siendo juzgados los procesados Yolanda Peñaranda Ibañez,
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, en desacuerdo con el
- No interviene el Ministro Freddy Reynolds Eguía por encontrarse ausente
- Regístrese
- Secretario de Cámara de Sala Plena
