Auto Supremo AS/0032/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0032/2003

Fecha: 22-Ene-2003

CONSIDERANDO: Que tanto la doctrina como la jurisprudencia en el marco de la aplicación del

SALA PENAL

 

AUTO SUPREMO No 32 Sucre 22 de enero de 2003

DISTRITO: La Paz

PARTES: Ministerio Público c/ Ascencio Colque Atora y otros, tráfico

de sustancias controladas




VISTOS: Los recursos de casación interpuestos por Ascencio Colque Atora a fs. 842-843 y por Antonio Calle Atora a fs. 845-846, impugnando el Auto de Vista de fecha 21 de noviembre de 2002 de fs. 813 y vlta., pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Justicia del Distrito de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra los recurrentes y otros, por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas; sus antecedentes, las leyes que se acusan de violadas e infringidas, y demás actuados; y

CONSIDERANDO: Que tanto la doctrina como la jurisprudencia en el marco de la aplicación del nuevo Código de Procedimiento Penal, reconocen que el recurso de casación se caracteriza no solamente por estar equiparado a una demanda nueva de puro derecho, sino que para su interposición y estimación, el legitimado al recurrir haya señalado ya en apelación restringida la contradicción del fallo que pretende rever, con precedentes jurisprudenciales emitidos en sede de las Cortes Superiores en sus Salas Penales o, bien por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en su respectiva Sala Penal, acompañando para el efecto copia del recurso de apelación restringida, a objeto de constatar el o los precedentes similares invocados a la situación jurídica contradictoria, sea por haberse aplicado normas distintas o una misma norma con diverso alcance