Auto Supremo AS/0032/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0032/2003

Fecha: 22-Ene-2003

No interviene el Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por encontrarse ausente con licencia


POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la atribución 1ª del art. 59 de la Ley de Organización Judicial y en aplicación de lo dispuesto por la última parte del primer periodo del art. 418º del nuevo Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE los recursos de casación deducidos a fs. 842-843 y 845-846 de obrados, con costas.

No interviene el Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por encontrarse ausente con licencia