Auto Supremo AS/0305/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0305/2003

Fecha: 07-Oct-2003

CONSIDERANDO: Que, el auto de vista confirma el auto apelado de fs

SALA CIVIL

AUTO SUPREMO N° 305 Sucre, 7 de octubre de 2003

DISTRITO : Tarija PROCESO: Ordinario sobre acción negatoria, mejor derecho y otros

PARTES : David Basilio Mamani Condori c/ Pedro Guillermo Soto Quiroga y la H. Alcaldía Municipal de Tarija

SEGUNDA RELATORA: Ministra Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez

 

VISTOS: El recurso de casación de fs.139-142 interpuesto por David Basilio Mamani Condori, contra el Auto de Vista de N° 102/2002 de 12 de agosto de 2002, pronunciado a fs. 136, por la Sala Civil Segunda de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, en el ordinario sobre acción negatoria, mejor derecho y otros seguido por el recurrente contra Pedro Guillermo Soto Quiroga y la H. Alcaldía Municipal de la ciudad de Tarija, los antecedentes procesales, el dictamen del Sr. Fiscal General de la República de 9 de mayo de 2003 de fs. 149 a 150, y

CONSIDERANDO: Que, el auto de vista confirma el auto apelado de fs. 83 a 84 vlta., que declara sin lugar la excepción de prescripción. Contra esta resolución recurre de casación el demandante, con los argumentos expuestos en su memorial de fs. 139 a 142