De otro lado, en el recurso deducido se denuncian defectos de procedimiento, producidos en la
De otro lado, en el recurso deducido se denuncian defectos de procedimiento, producidos en la etapa preparatoria y en el juicio oral, público y contradictorio, fundamentalmente se dice que no se respetaron los derechos y garantías constitucionales del encausado ni el debido proceso, finalmente, que hubo mala valoración de la prueba. Que, estos aspectos, de ninguna manera demuestran hechos sobrevinientes nuevos o preexistentes que evidencien que el condenado no fue autor o partícipe de la comisión del delito; o que los hechos tenidos como fundamento de la sentencia condenatoria resulten incompatibles con los establecidos por otra sentencia penal ejecutoriada, o cuando una sentencia del Tribunal Constitucional tenga efecto derogatorio sobre el tipo o norma penal que fundó la condena, conforme a los numerales 1), 4) y 6) del art. 421 del Código de Procedimiento Penal invocados por el recurrente
- CONSIDERANDO: Que, según el art
- Que, de la interpretación de la norma citada, se tiene que la revisión de sentencia,
- De otro lado, en el recurso deducido se denuncian defectos de procedimiento, producidos en la
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema, en aplicación del art
- Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
