Auto Supremo AS/0557/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0557/2003

Fecha: 29-Oct-2003

Que, de la interpretación de la norma citada, se tiene que la revisión de sentencia,


Que, de la interpretación de la norma citada, se tiene que la revisión de sentencia, sólo procede cuando ésta se encuentra plenamente ejecutoriada, y en el caso presente, no hay constancia de que la indicada sentencia condenatoria contra Mario Royett Vallejos Fernández, presumiblemente pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, se halle ejecutoriada y con autoridad de cosa juzgada, por cuanto no consta en obrados los fallos de instancia que demuestren estos aspectos, lo que inviabiliza el recurso interpuesto, por no existir base legal sobre la que se pronuncie el Máximo Tribunal